NO a la Ley del SCD
1.- No apoyar indicaciones que exigen que exista uso efectivo de obras
para que haya cobro por parte de la SCD. Se lo pongo con un ejemplo. Si
yo a usted lo demando porque me golpeó luego de una discusión, seré yo
quien tengo que probar que tengo un golpe y que ese golpe me lo propinó
usted. Esto es muy razonable, porque de lo contrario nos pasaríamos
demandando los unos a los otros exigiéndole pruebas de lo contrario al
demandado.
Bueno, la SCD quiere lo contrario. El acuerdo supone
que el gobierno acepta que la SCD no tenga que acreditar uso efectivo
de las obras, sino que se pueda basar sólo en supuestos, para proceder
al cobro. Lo que resulta interesante considerado que viene de quienes
son los principales promotores de demandas judiciales por derechos de
autor en Chile.
2.- Apoyar un proceso de mediación previa en
caso que no haya acuerdo sobre el cobro entre las partes. Hoy, quien
fija las tarifas que cobra la SCD, es la propia SCD. Así, si usted
tiene una discoteque u organiza un evento pequeño musical, tiene que
pagarle a la SCD la tarifa que ellos mismos determinan. Como no hay
otra entidad que ‘compita’ con la SCD, no queda más remedio que pagar a
menos que queramos exponernos a demanda. El proyecto suponía un
procedimiento de Arbitraje Forzoso, esto es, que en caso de desacuerdo
sobre la tarifa, sea un tercero el que decida obligatoriamente.
Lo
que ha aceptado el gobierno a solicitud de la SCD es que en caso de
desacuerdo, vayamos a una “mediación previa obligatoria” en la que nos
van a conminar a llegar a acuerdos. Si no llegamos a acuerdos, vamos a
juicio. Es fácil de entender que esto, en buen chileno, vale hongo y no
protege al más débil en la negociación, que ciertamente no es una
entidad monopólica.
3.- Apoyar la eliminación de la
responsabilidad de los prestadores de servicios internet. En castellano
castizo, esto significa dejar la puerta abierta para que mañana la SCD
dirija cobros a nuestros proveedores de acceso a Internet por las
eventuales descargas que realizan sus usuarios. Los que han pasado por
alguna clase de economía, saben que esto significa finalmente un cobro
que vamos a terminar pagando todos nosotros.
Ahora, si a mi me
preguntan, yo estaría feliz con un canon como este siempre que
supusiera una excepción amplia para usos y reproducción no comercial.
Pero como a algunos quieren pan y pedazo, quieren meternos un impuesto,
pero no entregarnos ningún derecho. Así cualquiera.
4.- Eliminar
excepciones para traducción, para usos educacionales y para usos
justos. El Gobierno está de acuerdo con la SCD en eliminar esa terrible
y macabra excepción que permite que piratas profesores hagan
traducciones de textos que se encuentran en otros idiomas para efectos
de enseñanza. También está de acuerdo en eliminar la excepción que
permite reproducción de obras cortas para fines educacionales.
Lo
más grave, es que además acuerda la eliminación de lo más importante de
esta ley, la excepción que permite usos justos o legítimos. Que le
permite a usted subir a Youtube un video de su hijo que baila una
canción que suena en la radio, que le permite pasar un CD a MP3 o que
le permitiría por ejemplo, hacer un collage o una presentación en
Powerpoint con imágenes y música de fondo para las bodas de Oro de sus
papás. Para quienes quieren tratos justos para algunos, hay que pagar.
Además
de lo anterior, la SCD busca que, al igual que en España, se cobre un
impuesto especial sobre cualquier medio que sirva para "piratear": CDs,
DVDs, Impresoras, etc., sin importar si dichos medios lo utilizarás
efectivamente para piratear o para respaldar tus trabajos y/o estudios.
Es
necesario dar a conocer esta noticia, para que todos nos informemos y
podamos poner nuestra posición ante nuestros "representantes" sobre el
gran error que están cometiendo.
by fayerwayer.com





